¿Quién tiene derecho a la dotación? Salario integral, contratistas, medio tiempo y otros casos
¿Quién tiene derecho a la dotación en Colombia?
El trabajador que cumple dos condiciones a la vez: gana hasta dos salarios mínimos al mes —$3.501.810 en 2026— y, en la fecha de entrega, lleva más de tres meses trabajando para la empresa. La obligación la tiene todo empleador con al menos un trabajador permanente.
Artículo 230 del CST — Suministro de calzado y vestido de labor. «Todo empleador que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos (2) meses el salario mínimo más alto vigente. Tiene derecho a esta prestación el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido más de tres (3) meses al servicio del empleador.»
Eso es todo lo que dice la ley. Las dudas vienen con los casos que no encajan a la primera, y están abajo, uno por uno.
¿Qué casos tienen derecho y cuáles no?
| Caso | ¿Tiene derecho? | Por qué |
|---|---|---|
| Gana más de dos salarios mínimos | No | Pasa el tope del artículo 230 |
| Lleva menos de tres meses en la fecha de entrega | No en esa entrega; sí en la siguiente | La antigüedad se mira en cada fecha de entrega |
| Está en periodo de prueba | No, todavía | El periodo de prueba dura como máximo dos meses, así que nunca llega a los tres |
| Trabaja medio tiempo | Sí, si cumple las dos condiciones | La norma mira el salario y la antigüedad, no la jornada |
| Tiene salario integral | No | El salario integral ya paga por adelantado los suministros en especie, y siempre supera el tope |
| Es contratista por prestación de servicios | No, si de verdad es contratista | No tiene contrato de trabajo. Si en la práctica cumple horario y recibe órdenes, la cosa cambia |
| Está embarazada y sigue trabajando | Sí, como cualquiera | La ley no trae una regla distinta para ella |
| Está en licencia de maternidad en la fecha de entrega | Discutido | Un concepto del Ministerio de 2011 dice que no tiene sentido mientras no trabaja. No es obligatorio |
¿El trabajador con salario integral tiene derecho a dotación?
No. Por dos razones, y basta con una. La primera: el salario integral, por definición, es superior a diez salarios mínimos más un factor prestacional, así que siempre pasa el tope de dos salarios mínimos del artículo 230. La segunda: la ley dice expresamente que ese salario ya compensa de antemano los suministros en especie, y la dotación es uno.
Artículo 132 del CST, numeral 2. «…valdrá la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios tales como (…) subsidios y suministros en especie…»
¿Los contratistas por prestación de servicios tienen derecho a dotación?
No, siempre que de verdad sean contratistas. La dotación es una prestación del contrato de trabajo, y quien presta servicios con independencia no lo tiene.
El problema es cuando el contrato dice «prestación de servicios» pero la persona trabaja como empleada: cumple horario, recibe órdenes y le imponen reglamentos. Ahí la ley presume que hay contrato de trabajo, sin importar cómo se llame el papel, y con él vienen todas las prestaciones, dotación incluida.
Artículo 24 del CST — Presunción. «Se presume que toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo.»
Lo que define si hay contrato de trabajo es la subordinación: que el empleador pueda exigir órdenes «en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo», como dice el artículo 23, cuyo texto actualizó la Ley 2466 de 2025.
¿Los trabajadores de medio tiempo tienen derecho a dotación?
Sí, si cumplen las dos condiciones. El artículo 230 pone el límite en la remuneración mensual y en la antigüedad, y no dice nada de la jornada. Quien trabaja medio tiempo normalmente gana menos de dos salarios mínimos, así que en la mayoría de los casos sí le corresponde.
¿Y durante el periodo de prueba?
No llega a tener derecho mientras dure la prueba, porque el periodo de prueba no puede pasar de dos meses y la dotación exige más de tres. Pero el tiempo cuenta: si la persona se queda, esos meses suman para la siguiente fecha de entrega.
Artículo 78 del CST — Duración máxima. «El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses.»
¿Qué pasa con la trabajadora embarazada o en licencia de maternidad?
Embarazada y trabajando, tiene derecho como cualquier otra persona: la ley no trae una regla especial. En la práctica, lo sensato es entregarle el vestido de labor en una talla que pueda usar en ese momento.
En licencia de maternidad el día de la entrega, la respuesta está menos clara. El Ministerio de la Protección Social, en un concepto del 21 de octubre de 2011, dijo que no tiene sentido que siga la obligación para quien está en licencia y no puede trabajar, porque la dotación es para usarla en la jornada. Es una opinión que orienta, no una norma que obligue. Muchas empresas prefieren entregarla igual y evitarse la discusión.
¿Quién no tiene derecho a dotación necesita otra cosa?
A veces sí. La dotación tiene tope de salario; los elementos de protección personal —casco, guantes, botas de seguridad— no: se entregan a todo el que los necesite para trabajar seguro, gane lo que gane. Está explicado en ¿Dotación o EPP?.
Las fechas de entrega y lo que pasa si no se cumple están en ¿Cuáles son los días de dotación en Colombia?. Y la dotación de quienes sí tienen derecho se cotiza en indumentaria y dotación.